Todo proceso de clasificación de riesgo se inicia cuando en virtud de un requerimiento legal o procesal se establece un contacto preliminar con un cliente. Este contacto puede producirse directamente o a través de un intermediario, generalmente un banco de inversión.
Los requerimientos que obligan a contratar los servicios de nuestra empresa, como empresa clasificadora de riesgo puede provenir de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV), cuando se trate de una nueva emisión de un instrumento de deuda, de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SAFP), cuando se trate de un instrumento de deuda pasible de ser adquirido por las AFP’s o de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), cuando se requiere la clasificación de riesgo institucional de Fortaleza Financiera.
Luego de confirmarse la elección de nuestra empresa, como una de las dos empresas clasificadoras de riesgo según acuerde el cliente, se procede a la firma de un contrato en el que se establecen las obligaciones contractuales entre las partes.
A partir de ese momento, la gerencia de Class & Asociados S.A.Clasificadora de Riesgo, por delegación del Comité de Clasificación, designa a un Analista como responsable del cliente en mención, quien se encargará del proceso de debida diligencia ("due diligence") y de la recepción de la información completa, lo que incluirá visitas de campo.
Cumplida la debida diligencia y la(s) visita(s) de campo, el Analista iniciara el trabajo de preparación del Informe de Dictamen de Clasificación de Riesgo.
Según corresponda, este documento será revisado por un Analista Senior, antes de ser presentado en el Comité de Clasificación.
Luego de las revisiones, verificaciones y constataciones del caso, el informe queda en condiciones de ser discutido en el seno del Comité de Clasificación. Este Comité se encuentra en sesión permanente, requiriendo tan solo de la presencia de tres de sus miembros, para sesionar a petición de cualquiera de ellos o según las necesidades del mercado.
En sesión de Comité de Clasificación, la que se realiza cuando menos una vez al mes, se revisa el borrador de los informes, asignándose las categorías de clasificación de riesgo que correspondan, según los dictámenes o revisiones que produzcan acuerdos en cada sesión.
Inmediatamente, se comunica por escrito al cliente sobre el correspondiente acuerdo del Comité, así como a las autoridades que sean requeridas, siendo el aviso a CONASEV y a la Bolsa de Valores de Lima (BVL), de naturaleza obligatoria, mientras que los dirigidos a la SBS, en función a las necesidades y pedidos del cliente.
Previo al aviso a cada una de las respectivas autoridades, se observara los plazos de respuesta por parte del cliente, de acuerdo a lo establecido en el correspondiente procedimiento reglamentario.
En caso no se requiera efectuar una revisión del acuerdo del Comité, se procederá, si esto fuese requerido, a la publicación del aviso que corresponda según el respectivo reglamento y a las necesidades del cliente, así como a la difusión del acuerdo del Comité y sus fundamentos, a través de notas de prensa en diarios especializados y en la pagina WEB de Class & Asociados S.A. ( www.classrating.com ).
Simultáneamente y según sea el caso, se remitirán copias originales de los Informes Dictamen de Clasificación de Riesgo al cliente y a las autoridades correspondientes. En el caso del publico en general, se podrá solicitar copias de los informes completos de acuerdo a las políticas de difusión de Class & Asociados S.A. Clasificadora de Riesgo. Los informes que se elaboren, de acuerdo a lo señalado en el presente acápite, se ajustarán rigurosamente a las Políticas de Información Privilegiada y del Deber de Reserva señalados en la reglamentación vigente, y en el Código de Etica de la empresa.
Una vez realizada la primera asignación de categoría de clasificación de riesgo, el Analista responsable queda encargado de efectuar el seguimiento relativo al flujo futuro de información, de manera de poder proceder a las futuras revisiones de las clasificaciones otorgadas. Las revisiones deberán tener como mínimo una frecuencia trimestral, en lo que a información cuantitativa se refiere, quedando a criterio del Comité exigir mayor detalle y análisis.
El Comité queda encargado de supervisar el adecuado seguimiento de las revisiones periódicas, así como de los informes a confeccionar según sea el caso. Ello puede originarse a pedido expreso del cliente, de un miembro del Comité o por haber ocurrido un hecho que amerite una revisión de la categoría de clasificación de riesgo previamente otorgada.

En todos los casos, la gerencia de Class & Asociados S.A. Clasificadora de Riesgo es responsable de dar cumplimiento a las políticas de difusión de información de clasificación de riesgo establecidas.


Inscrita en el Registro Público de Valores e Intermediarios CONASEV No 06-950003
© Class & Asociados S.A. Clasificadora de Riesgo (Lima, Perú)
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