Categoría AAA:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con la más alta
capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos
pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en
el emisor, en la industria a que pertenece o en la economía.
Categoría AA:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con una muy alta
capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos
pactados, la cual no se vería afectada en forma significativa
ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece
o en la economía.
Categoría A:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con una buena
capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos
pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante
posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece
o en la economía.
Categoría BBB:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con una suficiente
capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos
pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles
cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la
economía.
Categoría BB:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con capacidad
de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados,
pero ésta es variable y susceptible de debilitarse ante posibles
cambios en el emisor, en la industria a que pertenece o en la
economía, pudiendo incurrirse en retraso en el pago de intereses
y del capital.
Categoría B:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con el mínimo
de capacidad de pago del capital e intereses en los términos y
plazos pactados, pero ésta es muy variable y susceptible de debilitarse
ante posibles cambios en el emisor, en la industria a que pertenece
o en la economía, pudiendo incurrirse en retrasos en el pago de
intereses y del capital.
Categoría CCC:
Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con riesgo de
incumplimiento de pago de capital e intereses en los términos
y condiciones pactados aunque tienen algunas cláusulas de protección
para los inversionistas.
Categoría CC:
Corresponde a aquellos instrumentos en los cuales el riesgo de
incumplimiento de pago de capital e intereses en los términos
y condiciones pactados es mayor que en la categoría inmediata
superior.
Categoría C:
Corresponde a aquellos instrumentos en los cuales el emisor está
muy próximo a una situación de insolvencia y de no pagar sus obligaciones.
Categoría D:
Corresponde a aquellos instrumentos en los cuales el emisor no
ha cumplido con pagar capital e intereses según los términos pactados
Categoría E:
Corresponde a aquellos instrumentos cuyo emisor no posee información
suficiente o no posee información representativa para el período
mínimo exigido para la clasificación, y además no existen garantías
suficientes.